viernes, 1 de octubre de 2010

CONFESION DE FE DE WESTMINSTER

CAPITULO 23: DEL MAGISTRADO CIVIL


I. Dios, el Supremo Señor y Rey de todo el mundo, ha instituido a los magistrados civiles para estar sujetos a Él, gobernando al pueblo para la gloria de Dios y el bien público; y con este fin les ha armado con el poder de la espada, para la defensa y aliento de los que son buenos, para el castigo de los malhechores. (1)

1. Romanos 13:1-4; 1 Pedro 2:13,14.

II. Es lícito para los cristianos aceptar y desempeñar el cargo de magistrado cuando sean llamados para ello; (1) en el desempeño de su cargo, deben mantener especialmente la piedad, la justicia y la paz, según las leyes sanas de cada estado, (2) así con este fin, bajo el Nuevo Testamento, pueden legalmente ahora hacer la guerra en ocasiones justas y necesarias. (3)

1. Proverbios 8:15,16; Romanos 13:1,2,4.

2. Salmos 2:10-12; 1 Timoteo 2:2; Salmos 82:3,4; 2 Samuel 23:3; 1 Pedro 2:13.

3. Lucas 3:14; Mateo 8:9,10; Hechos 10:1,2; Romanos 13:4; Apocalipsis 17:14,16.

III. Los magistrados civiles no deben tomar para sí la administración de la palabra y de los sacramentos; (1) o el poder de las llaves del reino de los cielos; (2) ni se entremeterán en lo más mínimo en asuntos de la fe. (3) Sin embargo, como padres cuidadosos es el deber de los magistrados civiles proteger la Iglesia de nuestro Señor común, sin dar preferencia a alguna denominación de cristianos sobre las demás, de tal modo, que todas las personas eclesiásticas, cualesquiera que sean, gocen de completa, gratuita e incuestionable libertad, para desempeñar cada parte de sus funciones sagradas, sin violencia ni peligro. (4) Y como Jesucristo ha designado un gobierno regular y una disciplina en su Iglesia, ninguna ley de estado alguno debe interferir con ella, estorbar o limitar los ejercicios debidos entre los miembros voluntarios de alguna denominación de cristianos conforme a su propia confesión y creencia. (5) Es el deber de los magistrados civiles proteger a la persona y buen nombre de todo su pueblo, de una manera tan efectiva que no se permita que ninguna persona, sobre pretexto de religión o por incredulidad cometa alguna indignidad, violencia, abuso o injuria a otra persona cualquiera; debiendo procurar además que todas las reuniones eclesiásticas y religiosas se lleven a cabo sin molestia o disturbio. (6)

1. 2 Crónicas 26:18.

2. Mateo 16:19.

3. Juan 18:36.

4. Isaías 49:23.

5. Salmos 105:15.

6. 2 Samuel 23:2; 1 Timoteo 2:1; Romanos 13:4.

IV. Es el deber del pueblo orar por los magistrados, (1) honrar sus personas, (2) pagarles tributo y otros derechos, (3) obedecer sus mandatos legales y estar sujetos a su autoridad por causa de la conciencia. (4) La infidelidad o la diferencia de religión no invalida la autoridad legal y justa del magistrado, ni exime al pueblo de la debida obediencia a él; (5) de la cual las personas eclesiásticas no están exentas; (6) mucho menos tiene el Papa algún poder o jurisdicción sobre los magistrados en sus dominios, ni sobre alguno de los de su pueblo; y mucho menos tiene poder para quitarles sus propiedades o la vida, si les juzgara herejes, o por cualquier otro pretexto. (7)

1. 1 Timoteo 2:1,2.

2. 1 Pedro 2:17.

3. Romanos 13:6,7.

4. Romanos 13:5; Tito 3:1.

5. 1 Pedro 2:13,14,16.

6. Romanos 13:1; 1 Reyes 2:35; Hechos 25:9-11; 2 Pedro 2:1,10,11; Judas 8-11.

7. 2 Tesalonicenses 2:4; Apocalipsis 13:15-17.

CAPITULO 24: DEL MATRIMONIO Y DEL DIVORCIO

I. El matrimonio ha de ser entre un hombre y una mujer; no es lícito para ningún hombre tener más de una esposa, ni para ninguna mujer tener más de un marido, al mismo tiempo. (1)

1. Génesis 2:24; Mateo 19:5,6; Proverbios 2:17.

II. El matrimonio fue instituido para la mutua ayuda de esposo y esposa; (1) para multiplicar la raza humana por generación legítima y la iglesia con una simiente santa, (2) y para prevenir la impureza. (3)

1. Génesis 2:18.

2. Malarias 2:15.

3. 1 Corintios 7:2,9.

III. Es lícito para toda clase de personas casarse con quien sea capaz de dar su consentimiento con juicio; (1) sin embargo, es deber de los cristianos casarse solamente en el Señor. (2) Y por lo tanto los que profesan la verdadera religión reformada no deben casarse con los incrédulos, papistas u otros idólatras; ni deben los que son piadosos unirse en yugo desigual, casándose con los que notoriamente son perversos en sus vidas o que sostienen herejías detestables. (3)

1. Hebreos 13:4; 1 Timoteo 4:3; Génesis 24:57,58; 1 Corintios 7:36-38.

2. 1 Corintios 7:39.

3. Génesis 34:14; Éxodo 34:16; Deuteronomio 7:3,4; 1 Reyes 11:4; Nehemías 13:25-27; Malaquías 2:11,12;

2 Corintios 6:14.

IV. El matrimonio no debe contraerse dentro de los grados de consanguinidad o afinidad prohibidos en la Palabra de Dios, (1) ni pueden tales matrimonios incestuosos legalizarse por ninguna ley de hombre, ni por el consentimiento de las partes, de tal manera que esas personas puedan vivir juntas como marido y mujer. (2)

1. Levítico 18; 1 Corintios 5:1; Amós 2:7.

2. Marcos 6:18; Levítico 18:24-28.

V. El adulterio o la fornicación cometidos después del compromiso, siendo descubiertos antes del casamiento, dan ocasión justa a la parte inocente para anular aquel compromiso. (1) En caso de adulterio después del matrimonio, es lícito para la parte inocente promover su divorcio, (2) y después de éste, puede casarse con otra persona como si la parte ofensora hubiera muerto. (3)

1. Mateo 1:18-20.

2. Mateo 5:31,32.

3. Mateo 19:9; Romanos 7:2,3.

VI. Aunque la corrupción del hombre sea tal que le haga estudiar argumentos para separar indebidamente a los que Dios ha unido en matrimonio; sin embargo, nada sino el adulterio o la deserción obstinada que no puede ser remediada, ni por la Iglesia ni por el magistrado civil, es causa suficiente para disolver los lazos del matrimonio. (1) En este caso debe observarse un procedimiento público y ordenado, y las personas involucradas en el no deben ser dejadas en su caso a su propia voluntad y discreción. (2)

1. Mateo 19:8,9; 1 Corintios 7:15; Mateo 19:6.

2. Deuteronomio 24:1-4.

CAPITULO 25: DE LA IGLESIA

I. La iglesia católica o universal, que es invisible, se compone del número de los elegidos que han sido, son o serán reunidos en uno, bajo Cristo la cabeza de ella; y es la esposa, el cuerpo, la plenitud de Aquel que llena todo en todo. (1)

1. Efesios 1:10,22,23; 5:23,27,32; Colosenses 1:18.

II. La iglesia visible, que también es católica o universal bajo el evangelio (no está limitada a una nación como anteriormente en el tiempo de la ley), se compone de todos aquellos que en todo el mundo profesan la religión verdadera, (1) juntamente con sus hijos, (2) y es el reino del Señor Jesucristo, (3) la casa y familia de Dios, (4)

fuera de la cual no hay posibilidad ordinaria de salvación. (5)

1. 1 Corintios 1:2; 12:12,13; Salmos 2:8; Apocalipsis 7:9; Romanos 15:9-12.

2. 1 Corintios 7:14; Hechos 2:39; Ezequiel 16:20-21; Romanos 11:16; Génesis 3:15; 17:7.

3. Mateo 13:47; Isaías 9:7.

4. Efesios 2:19; 3:15.

5. Hechos 2:47.

III. A esta iglesia católica visible ha dado Cristo el ministerio, los oráculos y los sacramentos de Dios, para reunir y perfeccionar a los santos en esta vida y hasta el fin del mundo; y por su propia presencia y espíritu, de acuerdo con su promesa los hace eficientes para ello. (1)

1. 1 Corintios 12:28; Efesios 4:11-13; Isaías 59:21; Mateo 28:19,20.

IV. Esta iglesia católica ha sido más visible en unos tiempos que en otros. (1) Y las iglesias específicas que son parte de ella, son más puras o menos puras, de acuerdo como se enseñe y se abrace la doctrina del Evangelio, se administren los sacramentos y se celebre con mayor o menor pureza el culto público en ellas. (2)

1. Romanos 11:3,4; Apocalipsis 12:6,14.

2. 1 Corintios 5:6,7; Apocalipsis 2 y 3.

V. Las más puras iglesias bajo el cielo están expuestas tanto a la impureza como al error, (1) y algunas han degenerado tanto que han llegado a ser, no iglesias de Cristo, sino sinagogas de Satanás. (2) Sin embargo, siempre habrá una iglesia en la tierra para adorar a Dios conforme a su voluntad. (3)

1. 1 Corintios 13:12; Mateo 13:24-30,47; Apocalipsis 2 y 3.

2. Apocalipsis 18:2; Romanos 11:18-22.

3. Mateo 16:18; 28:19-20; Salmos 72:17; 102:28.

VI. No hay otra cabeza de la Iglesia sino el Señor Jesucristo; (1) ni puede en ningún sentido el Papa de Roma ser cabeza de ella. (2)

1. Colosenses 1:18; Efesios 1:22.

2. Mateo 23:8-10; 2 Tesalonicenses 2:3,4,8,9; Apocalipsis 13:6.

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