lunes, 16 de agosto de 2010

CONFESION DE FE DE WESTMINSTER

CAPITULO 20: DE LA LIBERTAD CRISTIANA Y DE LA LIBERTAD DE CONCIENCIA


I. La libertad que Cristo ha comprado para los creyentes que están bajo el Evangelio, consiste en su libertad de la culpa del pecado, de la ira condenatoria de Dios y de la maldición de la ley moral; (1) y en ser librados de este presente siglo malo, de la servidumbre de Satanás y del dominio del pecado; (2) del mal de las aflicciones, del aguijón de la muerte, de la victoria del sepulcro y de la condenación eterna; (3) como también en su libre acceso a Dios, (4) y en rendir su obediencia a ÉL, no por temor servil, sino con un amor filial y con intención voluntaria. (5) Todo lo cual era común también a los creyentes bajo la ley; (6) aunque bajo el Nuevo Testamento la libertad de los cristianos se ensancha mucho más porque están libres de yugo de la ley ceremonial a que estaba sujeta la iglesia judaica, (7) y que tienen ahora mayor confianza para acercarse al trono de la gracia, (8) y mayores participaciones del libre Espíritu de Dios que aquellas de las cuales participaron los creyentes bajo la ley. (9)

1. Tito 2:14; 1 Tesal. 1:10; Gálatas 3:13.

2. Gálatas 1:4; Hechos 26:18; Colosenses 1:13; Romanos 6:14.

3. Salmos 119:71; 1 Corintios 15:54-57; Romanos 8:28; Romanos 8:1.

4. Romanos 5:1,2.

5. Romanos 8:14-15; 1 Juan 4:18.

6. Gálatas 3:9 y 14.

7. Gálatas 5:1 y 4:1-3,6,7; Hechos 15:10,11.

8. Hebreos 4:14,16; 10:19-22.

9. Juan 7:38-39; 2 Corintios 3:13, 17-18.



II. Solo Dios es el Señor de la conciencia, (1) y la ha dejado libre de los mandamientos y doctrinas de los hombres, las cuales son en alguna manera contrarias a su Palabra, o está al lado de ella en asuntos de fe o de adoración. (2) Así que creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos con respecto a la conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; (3) y el requerir una fe implícita y una obediencia ciega y absoluta, es destruir la libertad de conciencia (4) y también la razón.

1. Santiago 4:12; Romanos 14:4.

2. Hechos 4:19; 5:29; 1 Corintios 7:23; Mateo 23:8-10 y 15:9; 2 Corintios 1:24.

3. Colosenses 2:20,22 y 23; Gálatas 1:10; 2:4,5; 5:1.

4. Romanos 10:17; 14:23; Isaías 8:20; Hechos 17:11; Juan 4:22; Oseas 5:11; Apocalipsis 13:12,16,17; Jeremías 8:9.



III. Aquellos que bajo el pretexto de la libertad cristiana practican algún pecado o abrigan alguna concupiscencia destruyen, por esto, el propósito de la libertad cristiana; el cual es que siendo librados de las manos de nuestros enemigos, podamos servir al Señor sin temor, en santidad y justicia delante de EL todos los días de nuestra vida. (1)

1. Gálatas 5:13; I Pedro 2:16; Lucas 1:74, 75; II Pedro 2:19; Juan 8:34.



IV. Y porque los poderes que Dios ha ordenado y la libertad que Cristo ha comprado, no han sido destinados por Dios para destruirse, sino para preservarse y sostenerse mutuamente uno al otro; los que bajo el pretexto de la libertad cristiana, quieran oponerse a cualquier poder legal, o a un lícito ejercicio, sea civil o eclesiástico, resisten a la ordenanza de Dios. (1) Los que publican tales opiniones, o mantienen tales prácticas, que son contrarias a la luz de la naturaleza, o a los principios conocidos del Cristianismo, ya sea que se refieran a la fe, a la adoración o a la conducta, o al poder de la santidad; tales opiniones o prácticas erróneas, ya sea en su propia naturaleza o en la manera como las publican o las sostienen, son destructivas para la paz externa y el orden que Cristo ha establecido en la Iglesia. Se les puede llamar legalmente a cuentas, y se les puede procesar por la disciplina de la Iglesia. (2)

1. Mateo 12:25; 1 Pedro 2:13,14,16; Romanos 13:1-8; Hebreos 13:17.

2. Romanos 1:32; 1 Corintios 5:1,5,11,13; 2 Juan 10:11; 2 Tesal. 3:14; 1 Timoteo 6:3-5; Tito 1:10,11,13; 3:10;

Mateo 18:15-17; 1 Timoteo 1:19,20; Apocalipsis 2:2,14,15,20; 3:9.

CAPITULO 21: DE LA ADORACIÓN RELIGIOSA Y DEL DÍA DE REPOSO

I. La luz de la naturaleza muestra que hay un Dios que tiene señorío y soberanía sobre todo; es bueno y hace bien a todos; y que, por tanto, debe ser temido, amado, alabado, invocado, creído, y servido, con toda el alma con todo el corazón y con todas las fuerza. (1) Pero el modo aceptable de adorar al verdadero Dios es instituido por EL mismo, y está tan limitado por su propia voluntad revelada, que no se debe adorar a Dios conforme a las imaginaciones e invenciones de los hombres o a las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible o en ningún otro modo no prescrito en las Santas Escrituras. (2)

1. Romanos 1:20; Hechos 17:24; Salmos 119:68; Jeremías 10:7; Salmos 31:23; 18:3; Romanos 10:12; Salmos

62:8; Josué 24:14; Marcos 12:33.

2. Deuteronomio 12:32; 4:15-20; Mateo 15:9; 4:9,10; Hechos 17:25; Éxodo 20:4-6; Colosenses 2:23.



II. La adoración religiosa ha de darse a Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, y a El solamente; (1) no a los ángeles, ni a los santos, ni a ninguna otra criatura; (2) y desde la caída, no sin algún Mediador; ni por la mediación de ningún otro, sino solamente de Cristo. (3)

1. Juan 5:13; 2 Corintios 13:14; Mateo 4:10.

2. Colosenses 2:18; Apocalipsis 19:10; Romanos 1:25.

3. Juan 14:6; 1 Timoteo 2:5; Efesios 2:18; Colosenses 3:17.



III. Siendo la oración como acción de gracias una parte especial de la adoración religiosa, (1) la exige Dios de todos los hombres, (2) y para que pueda ser aceptada debe hacerse en el nombre del Hijo, (3) con la ayuda del Espíritu, (4) conforme a su voluntad, (5) con entendimiento, reverencia, humildad, fervor, fe, amor y perseverancia; (6) y si se hace oralmente, en una lengua conocida. (7)

1. Filipenses 4:6.

2. Salmos 65:2.

3. Juan 14:13,14; 1 Pedro 2:5.

4. Romanos 8:26.

5. 1 Juan 5:14.

6. Salmos 47:7; Eclesiastés 5:1,2; Hebreos 12:28; Génesis 18:27; Santiago 5:16; 1:6,7; Efesios 6:18; Marcos

11:24; Mateo 6:12,14,15; Colosenses 4:2.

7. 1 Corintios 14:14.



IV. La oración ha de hacerse por cosas lícitas, (1) y a favor de toda clase de hombres que ahora viven, o que vivirán después; (2) pero no de los muertos (3) ni de aquellos de quienes se pueda saber que hayan cometido el pecado de muerte. (4)

1. 1 Juan 5:14.

2. 1 Timoteo 2:1,2; Juan 17:20; 2 Samuel 7:29; Rut 4:12.

3. 2 Samuel 12:21-23; Lucas 16:25,26; Apocalipsis 14:13.

4. 1 Juan 5:16.



V. La lectura de las Escrituras con temor reverencial; (1) la sólida predicación, (2) y el escuchar conscientemente la palabra, en obediencia a Dios, con entendimiento, fe y reverencia; (3) el cantar salmos con gracia en el corazón; (4) y también la debida administración y la recepción digna de los sacramentos instituidos por Cristo; todas estas cosas son parte de la adoración religiosa ordinaria a Dios; (5) y además, los juramentos religiosos, (6) los votos, (7) los ayunos solemnes, (8) y las acciones de gracias en ocasiones especiales, (9) han de usarse, en sus tiempos respectivos, de una manera santa y religiosa. (10)

1. Hechos 15:21; Apocalipsis 1:3.

2. 2 Timoteo 4:2.

3. Santiago 1:22; Hechos 10:33; Hebreos 4:2; Mateo 13:19; Isaías 66:2.

4. Colosenses 3:16; Efesios 5:19; Santiago 5:13.

5. Mateo 28:19; Hechos 2:42; 1 Corintios 11:23-29.

6. Deuteronomio 6:13; Nehemías 10:29.

7. Eclesiastés 5:4,5; Isaías 19:21.

8. Joel 2:12; Mateo 9:15; 1 Corintios 7:5; Ester 4:16.

9. Salmos 107; Ester 9:22.

10. Hebreos 12:28.



VI. Ahora bajo el Evangelio, ni la oración ni ninguna otra parte de la adoración religiosa están limitados a un lugar, ni son más aceptables por el lugar en que se realizan, o hacia el cual se dirigen; (1) sino que Dios ha de ser adorado en todas partes (2) en espíritu y en verdad; (3) tanto en lo privado en las en las familias (4) diariamente, (5) y en secreto cada uno por sí mismo; (6) así como de una manera más solemne en las reuniones públicas, las cuales no han de descuidarse ni abandonarse voluntariamente o por negligencia, cuando Dios por su palabra y providencia nos llama a ellas. (7)

1. Juan 4:21.

2. Malaquías 1:11; 1 Timoteo 2:8.

3. Juan 4:23,24.

4. Jeremías 10:25; Deuteronomio 6:6,7; Job 1:5; 2 Samuel 6:18-20; 1 Pedro 3:7; Hechos 10:2.

5. Mateo 6:11.

6. Mateo 6:6; Efesios 6:18.

7. Isaías 56:6,7; Hebreos 10:25; Proverbios 1:20,21,24; 8:34; Hechos 13:42; Lucas 4:16; Hechos 2:42.



VII. Así como es la ley de la naturaleza que en lo general una proporción debida de tiempo se dedique a la adoración de Dios; así en su palabra, por un mandamiento positivo, moral y perpetuo que obliga a todos los hombres en todos los tiempos, Dios ha señalado particularmente un día de cada siete, para que sea guardado como un reposo santo para ÉL; (1) el cual desde el principio del mundo hasta la resurrección de Cristo, fue el último día de la semana; y desde la resurrección de Cristo fue cambiado el primer día de la semana, (2) al que se le llama en las Escrituras día del Señor (3) y debe ser perpetuado hasta el fin del mundo como el día de reposo cristiano. (4)

1. Éxodo 20:8,10,11; Isaías 56:2,4,6,7.

2. Génesis 2:2,3; 1 Corintios 16:1,2; Hechos 20:7.

3. Apocalipsis 1:10.

4. Éxodo 20:8,10; Mateo 5:17,18.



VIII. Este día de reposo se guarda santo para el Señor, cuando los hombres después de la debida preparación de su corazón y arreglados con anticipación todos sus asuntos ordinarios, no solamente guardan un santo descanso durante todo el día de sus propias labores, palabras y pensamientos acerca de sus empleos y diversiones mundanales; (1) sino que también dedican todo el tiempo al ejercicio de la adoración pública y privada, y en los deberes de caridad y de misericordia. (2)

1. Éxodo 20:8; 16:23,25,26,29,30; 31:15-17; Isaías 58:13; Nehemías 13:15,19,21,22.

2. Isaías 58:13; Mateo 12:1-13.

CAPITULO 22: DE LOS JURAMENTOS Y DE LOS VOTOS LICITOS

I. Un juramento lícito es una parte de la adoración religiosa (1) por el cual una persona, en la debida ocasión, al jurar solemnemente, pone a Dios como testigo de lo que afirma o promete, y para que le juzgue conforme a la verdad o a la falsedad de lo que jura. (2)

1. Deuteronomio 10:20.

2. Éxodo 20:7; Levítico 19:12; 2 Corintios 1:23; 2 Crónicas 6:22,23.



II. Sólo en el nombre de Dios deben jurar los hombres, y este nombre ha de usarse con todo temor santo y con reverencia. (1) Por lo tanto, jurar vana o temerariamente en ese nombre glorioso y terrible, o definitivamente jurar por cualquier otra cosa, es pecaminoso y debe aborrecerse. (2) Sin embargo, como en asuntos de peso y de importancia, un juramento está justificado por la Palabra de Dios, tanto en el Nuevo Testamento como en el Antiguo, (3) por eso, cuando una autoridad legítima exija un juramento legal para tales asuntos, este juramento debe hacerse. (4)

1. Deuteronomio 6:13.

2. Jeremías 5:7; Santiago 5:12; Éxodo 20:7; Mateo 5:34,37.

3. Hebreos 6:16; Isaías 65:16; 2 Corintios 1:23.

4. 1 Reyes 8:31; Esdras 10:5; Nehemías 13:25.



III. Todo aquel que hace un juramento debe considerar seriamente la gravedad de un acto tan solemne, y por lo tanto no afirmar sino aquello de lo cual esté plenamente persuadido de que es la verdad. (1) Ni tampoco puede algún hombre obligarse por un juramento a alguna cosa, sino a lo que es bueno y justo, y a lo que él cree que lo es, y a lo que es capaz y está dispuesto a cumplir. (2)

1. Jeremías 4:2; Éxodo 20:7

2. Génesis 24:2,3,5,6,8,9.



IV. Un juramento debe hacerse en el sentido claro y común de las palabras, sin equivocación o reservas mentales. (1) Tal juramento no puede obligar a pecar; pero en todo aquello que no sea pecaminoso, habiéndose hecho, es obligatorio cumplirlo aun cuando sea en el propio daño del que lo hizo, (2) ni debe violarse porque haya sido hecho a herejes o a incrédulos. (3)

1. Salmos 24:4; Jeremías 4:2.

2. Salmos 15,4; 1 Samuel 25:22, 32-34.

3. Ezequiel 17:16,18,19; Josué 9:18,19 con 2 Samuel 21:1.



V. Un voto es de naturaleza semejante a la de un juramento promisorio, y debe hacerse con el mismo cuidado

religioso y cumplirse con la misma fidelidad. (1)

1. Isaías 19:21; Eclesiastés 5:4-6; Salmos 61:8; 66:13,14.



VI. El voto no debe hacerse a ninguna criatura sino solo a Dios, (1) y para que sea acepto ha de hacerse voluntariamente, en fe y conciencia del deber, como muestra de gratitud por la misericordia recibida, o bien para obtener lo que queremos; por lo que nos obligamos a cumplir más estrictamente nuestros deberes necesarios u otras cosas, en cuanto puedan ayudarnos adecuadamente al cumplimiento de ellos. (2)

1. Salmos 76:11; Jeremías 44:25,26.

2. Deuteronomio 23:21-23; Salmos 50:14; Génesis 28:20-22; 1 Samuel 1:11; Salmos 132:2-5; 66:13,14.



VII. Ningún hombre puede hacer voto para ejecutar alguna cosa prohibida en la Palabra de Dios, o que impida el cumplimiento de algún deber ordenado en ella, o una cosa que no está en su capacidad, y para cuya ejecución no tenga ninguna promesa de ayuda por parte de Dios. (1) A tales respectos, los votos monásticos de los papistas de celibato perpetuo, de pobreza y de obediencia a las reglas eclesiásticas, están tan lejos de ser grados de perfección superior, que no son sino supersticiones y trampas pecaminosas en las que ningún cristiano debe enredarse. (2)

1. Hechos 23:12,14; marcos 6:26; Números 30:5,8,12 y 13.

2. Mateo 19:11,12; 1 Corintios 7:2,9; 7:23; Efesios 4:28; 1 Pedro 4:2.

No hay comentarios: